AVELLANEDA 05 DE SEPTIEMBRE 2008
SR: Responsable de recursos humanos
DE WAL-MART ARGENTINA S.A
DE nuestra mayor consideración
Por la presente nos dirigimos a usted a fin de solicitarle el cumplimiento de medidas de seguridad para los trabajadores del sector cajas.
Como lo señala el art 40 del CCT 130/75 el personal de cajas debe ser provisto en todo momento del cambio necesario.
Esta disposición que hace a condiciones dignas de trabajo, es concordante con lo dispuesto por los art 75 y 77 CCT .
En su caso los trabajadores de cajas se ven impedidos de cumplir normalmente sus tareas, con grandes molestias para los clientes, por el exiguo cambio en monedas que les es provisto al comienzo de su jornada.
El cambio en monedas es asimilable en ese contexto a las herramientas de trabajo para cualquier puesto.
Por ello, la falta de provisión suficiente importa un incumplimiento del empleador que obsta a la normal realización de las tareas.
Tal impedimento hace que esta parte pueda retener su debito en caso de reiterarse esta situación.
La experiencia reciente indica que una suma razonable de cambio en monedas para morigerar la situación rondaría un monto 10 veces superior al actual..
De no brindarse una situación a la brevedad, se procederá a retener tareas por el incumplimiento patronal señalado…
CUERPO DE DELEGADOS DE WAL-MART AVELLANEDA