En horas de la tarde el compañero Omar Diaz, Delegado de Wal-Mart Avellaneda fue amanezado por el que dice ser jefe de la seguridad del (secla) Sindicato de Empleados de Comercio Lanus Avellaneda.
En el predio Heroes de Malvinas, Mitre al 1500 de la ciudad de Avellaneda.
Omar Diaz habia ido al lugar en compañia de otros trabajadores de Wal-Mart AFILIADOS AL GREMIO ya que la Comisión Directiva debia brindar detalles sobre la Memoria y Balance del ultimo año.
Si bien el compañero no quiso brindar mayores detalles por la gravedad del hecho, hasta tanto reciba el consejo legal correspondiente de los pasos a seguir.
Cabe destacar que el Secretario del Gremio Pedro Orlando Machado se comunicó inmediatamente con Omar Diaz a quien le transmitió que tomaría medidas.
Queda por ver que tipo de medidas prevé el gremio para quien amenaza de muerte a otra persona.......................................................................
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A todos los compañeros: Me solidarizo con el compañero amenazado,
no pudiendo permitir tales actitudes inescrupulosas.
Creo que se debe hacer a la brevedad una denuncia ante el INADI, Y NO
PERMITIR QUE ESA PERSONA INGRESE MÀS A NINGUN LOCAL.
Jorge Miguelez
Secretario General
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Compañeros:quieren salir en la FM LA Tecno tipo 3 de la tarde?Un abrazo y cuidense,Javier Lopez15-3174-2813
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Mi nombre es Martín FALCON y quiero transmitir mi gran descontento sobre lo sucedido en la asamblea de memoria y balance. Tengo que decirles que es UNA VERGÜENZA como este señor apodado (PITITO) pero que su nombre real es Esteban Rodríguez con DNI 8577403 que no sabemos si esta afiliado o solo es un ñoqui del establecimiento tiene el derecho de amenazar y tratar de una manera patote rial y asta ridícula al compañero Omar Díaz que antes que delegado es un afiliado.
Afiliado que debemos cuidar y proteger ya que gracias a los aportes de ellos nuestro sindicato puede funcionar de la manera que funciona. Los afiliados al gremio que trabajan en wal-mart se encuentran enojadísimos por lo sucedido lo cual ya hemos charlados con ellos y les hemos transmitido tranquilidad ya que el secretario general del secla pedro orlando machado nos comunico telefónicamente que estas actitudes son las que manchan el nombre de la institución como lo es el gremio . solo esperamos que la comisión directiva tome medidas sobre esta personas que se cree que esta en épocas nefasta como lo fue la dictadura .
Quiero aclarar que nosotros no somos ninguna carmelita, pero siempre hemos respetado la ideología de todos y podemos estar conforme o no con el gremio o con algunas persona pero siempre bajo el marco democrático y civilizado. Seguramente pitito debe estar acostumbrado al patoterismo y a las amenazas, amenazas que podrían estar abaladas por alguien si no toman medidas ……..
Falcón martín delegado de wal-mart Avellaneda
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miércoles, 26 de noviembre de 2008
Orlando, ata a tu perro k anda suelto
Pitito déjate de joder!!!! Ya estas viejo para acerté el Walker, Texas Ranger
Que te haces el Chuck Norris cagon solta los fierros que yo me la banco mano a mano .el único fierro k vos tenes es el k usas de vibrador jejejejejejejejejejejejej
Que suerte que tenes x que mis padres me enseñaron que a las personas viejitas no se les levanta las manos, y vos ya estas viejito. Anda al centro de jubilados hacerte el patotero que acá nadie te tiene miedo maricon afeminado.
Todos los afiliados nos preguntamos que carajó haces en el gremio?
X que todos sabemos que Machado te esta pagando un sueldo.
Si queres saber kien soy ándate temprano a tu casa k me encostras seguro jejejejejejje
Sindicalismo y lugar de trabajo
Sindicalismo y lugar de trabajo
Por Paula Abal Medina *Licenciada en Sociología de la Universidad de Buenos Aires. Maestranda en la Maestría de Ciencias Sociales del Trabajo del Centro de Estudios Avanzados, CEA-UBA. Ayudante de Primera en la materia "Principales Corrientes del Pensamiento Contemporáneo" , Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires. Becaria del CEIL- PIETTE del CONICET.
“El monopolio cuestionado en la presente causa atañe nada menos que a la elección de los delegados del personal, esto es, de los representantes que guardan con los intereses de sus representados, los trabajadores, el vínculo más estrecho y directo, puesto que ejercerán su representación en los lugares de labor, o en la sede de la empresa o del establecimiento al que estén afectados. La restricción excede, y con holgura, el acotado marco que podría justificar la dispensa de una facultad exclusiva a los gremios más representativos”, afirma con claridad el fragmento más significativo del fallo de la Corte Suprema que declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley de Asociaciones Sindicales.
Es el lugar de trabajo, en tanto espacio de encuentro cotidiano, el que brinda oportunidades para que la práctica sindical rutinizada devenga lucha por mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y, parafraseando a Sartre, para organizar su unidad activa. En este sentido, “delegado sindical” y “comisión interna” expresan la institucionalidad colectiva menos sedimentada del sindicalismo.
En la historia argentina la militancia laboral a nivel de establecimientos encarnó de manera privilegiada aquel potencial. Tal como es analizado y documentado por Daniel James, desde 1946 y durante los largos años de la resistencia “el símbolo del nuevo equilibrio de fuerzas en las fábricas y la resistencia de los empleadores a modificarla fue la comisión interna”.
La organización laboral a nivel de establecimientos no sólo fortaleció de manera indiscutible al actor sindical para resistir las asimetrías de la relación capital-trabajo, sino que además se constituyó en un “antídoto” eficaz contra las tendencias verticales y burocratizantes que amenazan con vaciar de significado al sindicalismo.
No es producto de la casualidad histórica la coincidencia entre mayor capacidad de puja distributiva, altos niveles de organización de los lugares de trabajo, y la intensificación de los enfrentamientos intrasindicales entre comisiones internas y cúpulas. Más bien lo contrario, finales de los sesenta y principios de los setenta contienen algunas de las experiencias más dignificantes del sindicalismo nacional. En esos años la práctica sindical ejercitaba simultáneamente dos formas de lucha: una se dirigía hacia el empresariado, la otra hacia las cúpulas sindicales burocratizadas. Los repertorios de acción incluían, por ejemplo, tomas de fábrica a la vez que tomas de “locales sindicales” exigiendo y reclamando dinámicas decisionales impulsadas desde los lugares de trabajo organizados.
Lamentablemente, durante aquellos años también la “unidad” aparecía confundida con el “macartismo” y una ideología de exclusión, como cuando concluido el proceso eleccionario en julio de 1972, el secretario general reelecto de la Confederación General del Trabajo declaraba: “El justicialismo se proyectó sobre las masas, infundiendo fe y esperanzas, vida, calor y movimiento, a esos contingentes estacionados en los campos de concentración de nuestras izquierdas, alejándolos de esta manera de los confines del mundo comunista (...) el justicialismo ha sido el antídoto por excelencia de la penetración de ideas extranjerizantes (...) Afirmamos que las entidades obreras y los cuerpos orgánicos peronistas constituyen hoy la columna vertebral providencial de la seguridad ideológica” (declaraciones de la CGT dirigidas “Al Pueblo de la República, a las Fuerzas Armadas del Ejército, Marina y Aeronáutica”).
Pocos años más tarde, el 25 de marzo de 1976, la dictadura genocida comunicaba que “todas las fuentes de producción y lugares de trabajo, estatales y privadas, serán considerados objetivos de interés militar”. Los miles de desaparecidos trabajadores y delegados y militantes sindicales de establecimientos son la dramática consecuencia de aquel “interés militar”.
Cifras oficiales dadas a conocer por la actual gestión del Ministerio de Trabajo muestran que hoy el sindicalismo, con monopolio absoluto de la representación sindical, es el gran ausente de los lugares de trabajo: casi el 85 por ciento de las empresas no poseen delegados sindicales, es decir, no ejercen la representación de sus trabajadores en los establecimientos. Un análisis superficial sobre los cambios introducidos en las normas estatutarias (las que rigen la “vida interna” de los sindicatos) podría mostrar la tendencia casi infalible de restringir la organización y las competencias de decisión de los delegados sindicales a la par que, en sentido inverso, aumentan las de las comisiones directivas de los sindicatos (en criollo, crecimiento de cúpulas). Por citar un solo ejemplo, la modificación de los estatutos del Sindicato de Comercio de Capital: se elimina la figura de “asamblea de delegados” y sus prerrogativas deliberativas y resolutivas y crece de manera exponencial la cantidad de integrantes de la comisión directiva, la duración de sus mandatos y, además, sus competencias, incluidas las de intervención en las decisiones de los cuerpos de delegados. A las sucesivas y silenciosas reformas de estatutos de los sindicatos podríamos agregar un análisis detallado, sólo cuestiones de espacio lo impiden, de sus prácticas cotidianas confirmando y acentuando la dirección de esas reformas normativas.
El sindicalismo se debate desde sus orígenes entre reproducirse como grupo de interés o devenir en herramienta para la transformación de las condiciones de vida de los trabajadores, dilemática que se plasmó con claridad y casi con idéntica terminología en años de virulenta discusión en torno del significado del sindicalismo en un célebre debate entre dos dirigentes locales de muy diversa tradición sindical.
La expresión de las difeencias y conflictos ideológicos, la politización de la vida sindical, el fortalecimiento de su organización allí donde las condiciones de trabajo se viven y padece son el contenido de una unidad forjada para el cambio social. La única unidad a la que vale la pena aspirar. El fallo de la Corte Suprema es un aporte a la construcción colectiva de un sindicalismo capaz de proyectar y hacer un porvenir con justicia social.
* Socióloga (UBA-Conicet).
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CUERPO DE DELEGADOS DE WAL-MART AVELLANEDA
Por Paula Abal Medina *Licenciada en Sociología de la Universidad de Buenos Aires. Maestranda en la Maestría de Ciencias Sociales del Trabajo del Centro de Estudios Avanzados, CEA-UBA. Ayudante de Primera en la materia "Principales Corrientes del Pensamiento Contemporáneo" , Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires. Becaria del CEIL- PIETTE del CONICET.
“El monopolio cuestionado en la presente causa atañe nada menos que a la elección de los delegados del personal, esto es, de los representantes que guardan con los intereses de sus representados, los trabajadores, el vínculo más estrecho y directo, puesto que ejercerán su representación en los lugares de labor, o en la sede de la empresa o del establecimiento al que estén afectados. La restricción excede, y con holgura, el acotado marco que podría justificar la dispensa de una facultad exclusiva a los gremios más representativos”, afirma con claridad el fragmento más significativo del fallo de la Corte Suprema que declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley de Asociaciones Sindicales.
Es el lugar de trabajo, en tanto espacio de encuentro cotidiano, el que brinda oportunidades para que la práctica sindical rutinizada devenga lucha por mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y, parafraseando a Sartre, para organizar su unidad activa. En este sentido, “delegado sindical” y “comisión interna” expresan la institucionalidad colectiva menos sedimentada del sindicalismo.
En la historia argentina la militancia laboral a nivel de establecimientos encarnó de manera privilegiada aquel potencial. Tal como es analizado y documentado por Daniel James, desde 1946 y durante los largos años de la resistencia “el símbolo del nuevo equilibrio de fuerzas en las fábricas y la resistencia de los empleadores a modificarla fue la comisión interna”.
La organización laboral a nivel de establecimientos no sólo fortaleció de manera indiscutible al actor sindical para resistir las asimetrías de la relación capital-trabajo, sino que además se constituyó en un “antídoto” eficaz contra las tendencias verticales y burocratizantes que amenazan con vaciar de significado al sindicalismo.
No es producto de la casualidad histórica la coincidencia entre mayor capacidad de puja distributiva, altos niveles de organización de los lugares de trabajo, y la intensificación de los enfrentamientos intrasindicales entre comisiones internas y cúpulas. Más bien lo contrario, finales de los sesenta y principios de los setenta contienen algunas de las experiencias más dignificantes del sindicalismo nacional. En esos años la práctica sindical ejercitaba simultáneamente dos formas de lucha: una se dirigía hacia el empresariado, la otra hacia las cúpulas sindicales burocratizadas. Los repertorios de acción incluían, por ejemplo, tomas de fábrica a la vez que tomas de “locales sindicales” exigiendo y reclamando dinámicas decisionales impulsadas desde los lugares de trabajo organizados.
Lamentablemente, durante aquellos años también la “unidad” aparecía confundida con el “macartismo” y una ideología de exclusión, como cuando concluido el proceso eleccionario en julio de 1972, el secretario general reelecto de la Confederación General del Trabajo declaraba: “El justicialismo se proyectó sobre las masas, infundiendo fe y esperanzas, vida, calor y movimiento, a esos contingentes estacionados en los campos de concentración de nuestras izquierdas, alejándolos de esta manera de los confines del mundo comunista (...) el justicialismo ha sido el antídoto por excelencia de la penetración de ideas extranjerizantes (...) Afirmamos que las entidades obreras y los cuerpos orgánicos peronistas constituyen hoy la columna vertebral providencial de la seguridad ideológica” (declaraciones de la CGT dirigidas “Al Pueblo de la República, a las Fuerzas Armadas del Ejército, Marina y Aeronáutica”).
Pocos años más tarde, el 25 de marzo de 1976, la dictadura genocida comunicaba que “todas las fuentes de producción y lugares de trabajo, estatales y privadas, serán considerados objetivos de interés militar”. Los miles de desaparecidos trabajadores y delegados y militantes sindicales de establecimientos son la dramática consecuencia de aquel “interés militar”.
Cifras oficiales dadas a conocer por la actual gestión del Ministerio de Trabajo muestran que hoy el sindicalismo, con monopolio absoluto de la representación sindical, es el gran ausente de los lugares de trabajo: casi el 85 por ciento de las empresas no poseen delegados sindicales, es decir, no ejercen la representación de sus trabajadores en los establecimientos. Un análisis superficial sobre los cambios introducidos en las normas estatutarias (las que rigen la “vida interna” de los sindicatos) podría mostrar la tendencia casi infalible de restringir la organización y las competencias de decisión de los delegados sindicales a la par que, en sentido inverso, aumentan las de las comisiones directivas de los sindicatos (en criollo, crecimiento de cúpulas). Por citar un solo ejemplo, la modificación de los estatutos del Sindicato de Comercio de Capital: se elimina la figura de “asamblea de delegados” y sus prerrogativas deliberativas y resolutivas y crece de manera exponencial la cantidad de integrantes de la comisión directiva, la duración de sus mandatos y, además, sus competencias, incluidas las de intervención en las decisiones de los cuerpos de delegados. A las sucesivas y silenciosas reformas de estatutos de los sindicatos podríamos agregar un análisis detallado, sólo cuestiones de espacio lo impiden, de sus prácticas cotidianas confirmando y acentuando la dirección de esas reformas normativas.
El sindicalismo se debate desde sus orígenes entre reproducirse como grupo de interés o devenir en herramienta para la transformación de las condiciones de vida de los trabajadores, dilemática que se plasmó con claridad y casi con idéntica terminología en años de virulenta discusión en torno del significado del sindicalismo en un célebre debate entre dos dirigentes locales de muy diversa tradición sindical.
La expresión de las difeencias y conflictos ideológicos, la politización de la vida sindical, el fortalecimiento de su organización allí donde las condiciones de trabajo se viven y padece son el contenido de una unidad forjada para el cambio social. La única unidad a la que vale la pena aspirar. El fallo de la Corte Suprema es un aporte a la construcción colectiva de un sindicalismo capaz de proyectar y hacer un porvenir con justicia social.
* Socióloga (UBA-Conicet).
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CUERPO DE DELEGADOS DE WAL-MART AVELLANEDA
martes, 18 de noviembre de 2008
¿En qué quedamos, Moyano?
DESPUES DE HABER MINIMIZADO LAS CONSECUENCIAS DE LA CRISIS
Moyano ahora reconoce que hay despidos y pide doble indemnización
La CGT impulsa un proyecto que prohíba los despidos que no estén justificados.
MALENTENDIDO. MOYANO ASEGURO AYER QUE NO LE HABIAN INFORMADO CORRECTAMENTE SOBRE LOS DESPIDOS.
Tras su polémica afirmación del comienzo de semana según la cual no hay problemas de empleo en el país, Hugo Moyano reconoció ayer que "se están produciendo despidos" y pidió una ley "de efectos retroactivos" que vuelva a imponer una doble indemnización para los despidos injustificados.
En declaraciones a radio Mitre, el secretario general de la CGT adjudicó su cambio de percepción de la situación del empleo a un inicial malentendido en el flujo de información que recibió de parte de sus compañeros de la central obrera.
En su momento, el desconocimiento de las denuncias sobre despidos y suspensiones de otros dirigentes pareció funcional a la actitud del Gobierno, que también intentó relativizar los efectos de la crisis sobre el empleo.
Ahora, luego de producido el fallo de la Corte Suprema sobre libertad sindical que molestó fuertemente a la CGT, y de las consecuentes reuniones de consejo directivo para analizarlo, Moyano dijo haber recibido datos más precisos sobre los problemas de empleo.
"Estamos bastante preocupados porque hasta ahora no habíamos tenido esta situación", reconoció.
Y pasó a detallar: "En el sector bancario se están produciendo despidos y los metalúrgicos están teniendo mucha presión, con cortes de horas extras y algunos anuncios de suspensiones y despidos; también hay problemas con los ceramistas y con los trabajadores de la industria de la carne".
Mostró el prurito de aclarar que "tampoco hay que creer que estamos volviendo a los niveles de desocupación de los años anteriores".
Pero deslizó la tesis de que "en este tipo de situaciones (la de la crisis internacional) hay especulación; hay empresas que a lo mejor no tienen necesidad de tomar estas decisiones, pero aprovechan el revuelo y lo hacen".
Por eso, retomó el planteo que hace unos días había formulado su principal asesor jurídico, el diputado Héctor Recalde: "La CGT va a proponer al Congreso una ley con efecto retroactivo, de manera que aquella empresa que se compruebe que despidió personal sin necesidad de hacerlo tenga el castigo de tener que pagar una doble o triple indemnización".
El mismo Recalde había reiterado ayer, públicamente, la hipótesis de la ley con efecto retroactivo para sancionar a las empresas que aprovechen la crisis para reducir personal sin necesidad.
Pero, en la línea de lo venía pidiendo la otra central, la CTA, habló de un proyecto de "prohibición de los despidos".
Moyano no dejó de aprovechar el espacio radial en el que hizo sus declaraciones para insistir en su cuestionamiento al fallo de la Corte sobre la libertad de elección y postulación de los delegados de base, sin tener que pertenecer a un sindicato con personería gremial.
"Es algo que trae confusión y va a perjudicar a los trabajadores; es más o menos como si un simpatizante de un club quisiera ser parte del consejo directivo", ridiculizó el gremialista.
La CGT, luego del fallo de la Corte, pidió que el Gobierno "de una solución política" al conflicto abierto, en el que la CTA reivindica haber recibido un aval a su pedido de personería gremial.
sábado, 15 de noviembre de 2008
Libertad sindical: polémica sobre los alcances del fallo de la Corte
Baradel criticó a Cataldi por su interpretación del dictamen. Opiniones de la CGT y CTALibertad sindical: polémica sobre los alcances del fallo de la CorteDos interpretaciones opuestas después del fallo del Alto Tribunal. El secretario adjunto de la CTA y titular de Suteba no duda que comienza un nuevo ciclo en el sindicalismo argentino. Así lo piensa también Alex Hiese, el referente
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Cacho Fernández
cfernandez@elpopular.com.ar
El fallo de la Corte Suprema a favor de la libertad sindical abrió un fuerte debate en el país y tuvo su reflejo en el plano local aunque con algunos actores nacionales.
Sobre el particular, el doctor Eduardo Cataldi, delegado regional del Ministerio de Trabajo, no tuvo dudas de que el dictamen de la Corte "es sobre un caso particular y sólo aplicable a otro caso similar", con lo cual aseguró que "no genera precedentes y preserva la exclusividad o monopolio relativo -así lo calificó- que puede llegar a tener un gremio".
En cambio, para el secretario adjunto de la CTA (Central de los Trabajadores Argentinos), Roberto Baradel, en diálogo con FM 98 POP, sostuvo enfáticamente lo contrario: "no se puede tapar el sol con las manos -dijo, replicándole a Cataldi, aunque también aludió a los dichos del Ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada-. Es lamentable esta actitud porque si bien este fallo es a partir de un caso, los alcances son enormes porque habla del respeto que tiene que tener el Gobierno argentino de cumplir con los convenios de la OIT sobre libertad sindical que son de carácter obligatorio y tienen, además, rango constitucional".
A su juicio, y claramente indignado con Tomada y Cataldi, el dirigente provincial de la CTA señaló "eso es lo que tiene que decir el Ministerio de Trabajo".
También opinaron los titulares de la CGT, Miguel Arena y la CTA, Alex Hiese, aunque con posiciones muy diferentes (ver aparte).
El martes, todos los medios nacionales hablaban de un fallo "histórico" que ponía fin al "monopolio sindical" porque abría las puertas a la libertad de afiliación de los trabajadores y posibilidad de crear nuevos gremios sin previa autorización.
El fallo de la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 24.551 que consagraba el monopolio sindical porque obliga a "estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por ésta".
El Máximo Tribunal falló sobre un conflicto que enfrentó a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) con el gremio que agrupa al Personal Civil de las Fuerzas Armadas (Pecifa). ATE convoca a elecciones y Pecifa, amparándose en el citado artículo 41, se opuso porque consideró que sólo ella tenía facultades para convocar a elecciones en razón de la personería gremial que le fue dada por el Ministerio de Trabajo.
Alcance mayor
La polémica se desató ayer en FM 98 POP cuando Cataldi desestimó el alcance que le daba la CTA y solo lo consideró como un dictamen para un solo caso y solo aplicable para otro similar.
"El fallo de la Corte no es sobre un caso -aclaró Baradel-, en proyección tiene un alcance mayor. Debe existir libertad sindical más allá de que se reconozca al sindicato de mayor representación".
Preguntado por qué desde los ámbitos oficiales se acotaba tanto el alcance del fallo, el secretario adjunto de la CTA señaló: "una cosa es lo que dicen en privado y otra la que tienen que decir públicamente. El Gobierno debe entender que es un fallo de la Justicia y de una Corte absolutamente independiente, pero hay un marco de alianza muy importante con la CGT y eso lo pone en una situación muy incómoda", subrayó.
Para Baradel no se puede minimizar lo que dictaminó la Corte "porque si no hubiera producido el revuelo que hubo, preocupaciones, declaraciones y alertas sobre una posible atomización sindical... Es un triste papel el del Ministerio de Trabajo que no tiene en cuenta que la OIT ha urgido al gobierno argentino para que otorgue la libertad sindical a más de 2.000 organizaciones inscriptas de las cuales muchas son de la CGT, y muchas de las CTA".
Habló de la paradoja que se suele dar cuando dos gremios como "el CECO y Camioneros se disputan trabajadores de supermercados. Ambos pertenecen a la CGT y pueden hacerlo pero otros no. Bueno, eso está reñido con los principios de la libertad sindical que consagra entre otras normas, nuestra Constitución".
Añadió que "Wal Mart, que es la segunda empresa de facturación en el mundo, cuando los trabajadores se organizan, los echan. El sindicato que los agrupa recibe los aportes de cerca de un millón de afiliados, pero no reciben protección gremial. Otro caso es IBM, donde hubo dos trabajadores que eran delegado, se afilió a la CTA y lo despidieron de inmediato. Eso no es libertad sindical".
Subrayó que "nosotros no queremos atomizar la organización sindical sino otorgarle fueros a los delegados para que puedan ejercer sus derechos. En nuestro país -apuntó- solamente el 12,7 por ciento de las empresas cuenta con representaciones internas y delegados. El otro 88 por ciento no tiene nada de esto. ¿Qué quiere decir?, que las empresas hacen lo que quieren con sus empleados".
Luego aludió al monopolio sindical que el fallo de la Corte terminaría. Precisamente, Eduardo Cataldi explicó que eso se debía a que el modelo sindical argentino "es de sindicatos fuertes", pero Baradel espetó al respecto que "el sindicato fuerte no lo da una ley sino la representatividad que tiene el gremio sobre los trabajadores en función de defender sus intereses. Ahora, si se confunde la fortaleza de un sindicato con que una cúpula sindical practique descuentos compulsivos y que no haga nada por defender los intereses, evidentemente es una fortaleza que no queremos, pero si pretendemos que los trabajadores tengan la libertad de elegir a quienes los van a representar".
A modo de síntesis, remarcó que "lo que plantea este fallo es que los trabajadores deben ser reconocidos en términos de libre asociación sindical para poder defender sus derechos. No va en detrimento del sindicato más representativo sino que no puede ejercer el monopolio".
Solo un caso
En cambio, el delegado laboral, Eduardo Cataldi dijo que él no creía que el fallo revertía 60 años de historia de monopolio sindical como trascendió en muchos medios nacionales. "Discrepo con eso, es un tema sumamente puntual con un fallo específico que no modifica la legislación vigente".
Explicó que "nosotros tenemos un modelo sindical en el que solo un gremio tiene la personería gremial, y el resto, que están inscriptos, no pueden ser representados por delegados. En este caso no sabemos si había o no gremios, pero debo decir que sería un desastre para las propias empresas porque habría un delegado cada tres o cuatro empleados", dijo, aludiendo a una posible atomización gremial después del fallo de la Corte.
El dictamen, para Cataldi, "es para un caso puntual y no puede ser interpretable para un mayor alcance y tampoco puede ser aplicable sino es para un caso igual".
Preguntado sobre si atacaba el monopolio sindical, el delgado laboral respondió: "preserva el derecho de los trabajadores a estar afiliado. No hablemos de monopolio, entonces".
De todos modos admitió que la ley le otorgaba "exclusividad" a un solo gremio para tener la personería gremial: "exclusividad, sí, pero no monopolio -advirtió-, porque el modelo sindical argentino habla de un modelo fuerte. Si existe otro sindicato más importante va a conseguir el desplazamiento del anterior. Pero a todos no se les da la personería gremial porque el modelo apunta a un solo gremio".
¿No se llama monopolio a eso?
--Bueno, llamémosle monopolio, pero no es un monopolio absoluto, es relativo, porque el día que tenga mayor cantidad de afiliados desplaza al anterior. Puede ir cambiando en la medida.... No es permanente sino en base a la realidad.
NUEVA CONQUISTA LABORAL PARA LAS TRABAJADORAS DE WAL-MART Luego de mucho tiempo de reclamar este derecho de la mujer en el trabajo se logró un importante incremento para las trabajadoras del supermercado Wal Mart con hijos de hasta 5 años en el subsidio por guardería , que pasó de ser de $150 a $250 , la empresa accedió a un pedido de las trabajadoras que venian desde hace años reclamando dicho beneficio que desde la devaluación no habian sido actualizados a pesar del aumento que efectuaron las guarderias en las cuotas. Ante la insistencia y luego de un largo periodo de lucha, ademas de haber activado fuertemente dentro del mercado para lograr esta mejora, el Sindicato de comercio de Lanús y Avellaneda finalmente se hizo eco del reclamo, poniendo fin de esta forma a una situacion de injusticia que padecían las compañeras de trabajo. Como cuerpo de delegados reelegido en las elecciones del 25 de septiembre celebramos esta conquista ya que la misma formó parte de una de las metas que nos impusimos en esta nueva etapa y que publicaramos en su momento en nuestra plataforma electoral. Felicitaciones queridas compañeras.
jueves, 13 de noviembre de 2008
Histórico fallo de la Corte Suprema contra el monopolio gremial
14:25
El máximo tribunal dio un duro golpe al núcleo de la organización sindical argentina al determinar que no es necesario estar afiliado a un gremio con personería gremial para ser delegado. Al fallar a favor de ATE, declaró inconstitucional el artículo que establecía esa condición e instauró así la libertad sindical.
Por: Alberto Amato En un fallo que hará historia, y con el voto unánime de sus siete jueces, la Corte Suprema defendió la libertad de agremiación de los trabajadores y declaró inconstitucional la exclusividad que tienen los sindicatos con personería gremial en la representación de sus afiliados. También anuló la obligatoriedad de estar afiliado a un sindicato con personería gremial para ser elegido representante de un sector de trabajadores.
El fallo abre las puertas a la libertad de afiliación de los trabajadores y al derecho a crear y constituir nuevos sindicatos sin previa autorización.
En esencia, la Corte falló sobre un conflicto que enfrentó a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) con el gremio que agrupa al Personal Civil de las Fuerzas Armadas (PECIFA). A raíz de una convocatoria a elecciones de delegados hecha por ATE, PECIFA se opuso porque consideró que sólo ella tenía facultades para convocar a elecciones en razón de la personería gremial que le fue dada por el Ministerio de Trabajo.
PECIFA se amparaba en el artículo 41 de la Ley 23551 de asociaciones sindicales que requiere "estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por ésta".
Después de dos fallos adversos a ATE, la Corte emitió hoy una sentencia que declara inconstitucional el artículo 41 de la Ley 23551, con lo que, a futuro mediato, inmediato y lejano, abre las puertas para un mayor pluralismo y libertad sindicales.
Sin que el fallo lo diga taxativamente, la inconstitucionalidad del artículo 41 habilita a la creación de más de un sindicato por rama, a la posibilidad de que una organización gremial actúe sin que el Ministerio de Trabajo le otorgue la personería gremial, obliga de alguna manera al Ministerio a dar personería a más de un gremio por rama y permite incluso la creación de más de una central obrera.
En los fundamentos del fallo la Corte hace referencia a convenios internacionales, entre ellos uno con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que Argentina nunca cumplió.
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