sábado, 15 de noviembre de 2008


Libertad sindical: polémica sobre los alcances del fallo de la Corte
Baradel criticó a Cataldi por su interpretación del dictamen. Opiniones de la CGT y CTALibertad sindical: polémica sobre los alcances del fallo de la CorteDos interpretaciones opuestas después del fallo del Alto Tribunal. El secretario adjunto de la CTA y titular de Suteba no duda que comienza un nuevo ciclo en el sindicalismo argentino. Así lo piensa también Alex Hiese, el referente
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Cacho Fernández

cfernandez@elpopular.com.ar



El fallo de la Corte Suprema a favor de la libertad sindical abrió un fuerte debate en el país y tuvo su reflejo en el plano local aunque con algunos actores nacionales.

Sobre el particular, el doctor Eduardo Cataldi, delegado regional del Ministerio de Trabajo, no tuvo dudas de que el dictamen de la Corte "es sobre un caso particular y sólo aplicable a otro caso similar", con lo cual aseguró que "no genera precedentes y preserva la exclusividad o monopolio relativo -así lo calificó- que puede llegar a tener un gremio".

En cambio, para el secretario adjunto de la CTA (Central de los Trabajadores Argentinos), Roberto Baradel, en diálogo con FM 98 POP, sostuvo enfáticamente lo contrario: "no se puede tapar el sol con las manos -dijo, replicándole a Cataldi, aunque también aludió a los dichos del Ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada-. Es lamentable esta actitud porque si bien este fallo es a partir de un caso, los alcances son enormes porque habla del respeto que tiene que tener el Gobierno argentino de cumplir con los convenios de la OIT sobre libertad sindical que son de carácter obligatorio y tienen, además, rango constitucional".

A su juicio, y claramente indignado con Tomada y Cataldi, el dirigente provincial de la CTA señaló "eso es lo que tiene que decir el Ministerio de Trabajo".

También opinaron los titulares de la CGT, Miguel Arena y la CTA, Alex Hiese, aunque con posiciones muy diferentes (ver aparte).

El martes, todos los medios nacionales hablaban de un fallo "histórico" que ponía fin al "monopolio sindical" porque abría las puertas a la libertad de afiliación de los trabajadores y posibilidad de crear nuevos gremios sin previa autorización.

El fallo de la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 24.551 que consagraba el monopolio sindical porque obliga a "estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por ésta".

El Máximo Tribunal falló sobre un conflicto que enfrentó a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) con el gremio que agrupa al Personal Civil de las Fuerzas Armadas (Pecifa). ATE convoca a elecciones y Pecifa, amparándose en el citado artículo 41, se opuso porque consideró que sólo ella tenía facultades para convocar a elecciones en razón de la personería gremial que le fue dada por el Ministerio de Trabajo.

Alcance mayor

La polémica se desató ayer en FM 98 POP cuando Cataldi desestimó el alcance que le daba la CTA y solo lo consideró como un dictamen para un solo caso y solo aplicable para otro similar.

"El fallo de la Corte no es sobre un caso -aclaró Baradel-, en proyección tiene un alcance mayor. Debe existir libertad sindical más allá de que se reconozca al sindicato de mayor representación".

Preguntado por qué desde los ámbitos oficiales se acotaba tanto el alcance del fallo, el secretario adjunto de la CTA señaló: "una cosa es lo que dicen en privado y otra la que tienen que decir públicamente. El Gobierno debe entender que es un fallo de la Justicia y de una Corte absolutamente independiente, pero hay un marco de alianza muy importante con la CGT y eso lo pone en una situación muy incómoda", subrayó.

Para Baradel no se puede minimizar lo que dictaminó la Corte "porque si no hubiera producido el revuelo que hubo, preocupaciones, declaraciones y alertas sobre una posible atomización sindical... Es un triste papel el del Ministerio de Trabajo que no tiene en cuenta que la OIT ha urgido al gobierno argentino para que otorgue la libertad sindical a más de 2.000 organizaciones inscriptas de las cuales muchas son de la CGT, y muchas de las CTA".

Habló de la paradoja que se suele dar cuando dos gremios como "el CECO y Camioneros se disputan trabajadores de supermercados. Ambos pertenecen a la CGT y pueden hacerlo pero otros no. Bueno, eso está reñido con los principios de la libertad sindical que consagra entre otras normas, nuestra Constitución".

Añadió que "Wal Mart, que es la segunda empresa de facturación en el mundo, cuando los trabajadores se organizan, los echan. El sindicato que los agrupa recibe los aportes de cerca de un millón de afiliados, pero no reciben protección gremial. Otro caso es IBM, donde hubo dos trabajadores que eran delegado, se afilió a la CTA y lo despidieron de inmediato. Eso no es libertad sindical".

Subrayó que "nosotros no queremos atomizar la organización sindical sino otorgarle fueros a los delegados para que puedan ejercer sus derechos. En nuestro país -apuntó- solamente el 12,7 por ciento de las empresas cuenta con representaciones internas y delegados. El otro 88 por ciento no tiene nada de esto. ¿Qué quiere decir?, que las empresas hacen lo que quieren con sus empleados".

Luego aludió al monopolio sindical que el fallo de la Corte terminaría. Precisamente, Eduardo Cataldi explicó que eso se debía a que el modelo sindical argentino "es de sindicatos fuertes", pero Baradel espetó al respecto que "el sindicato fuerte no lo da una ley sino la representatividad que tiene el gremio sobre los trabajadores en función de defender sus intereses. Ahora, si se confunde la fortaleza de un sindicato con que una cúpula sindical practique descuentos compulsivos y que no haga nada por defender los intereses, evidentemente es una fortaleza que no queremos, pero si pretendemos que los trabajadores tengan la libertad de elegir a quienes los van a representar".

A modo de síntesis, remarcó que "lo que plantea este fallo es que los trabajadores deben ser reconocidos en términos de libre asociación sindical para poder defender sus derechos. No va en detrimento del sindicato más representativo sino que no puede ejercer el monopolio".

Solo un caso

En cambio, el delegado laboral, Eduardo Cataldi dijo que él no creía que el fallo revertía 60 años de historia de monopolio sindical como trascendió en muchos medios nacionales. "Discrepo con eso, es un tema sumamente puntual con un fallo específico que no modifica la legislación vigente".

Explicó que "nosotros tenemos un modelo sindical en el que solo un gremio tiene la personería gremial, y el resto, que están inscriptos, no pueden ser representados por delegados. En este caso no sabemos si había o no gremios, pero debo decir que sería un desastre para las propias empresas porque habría un delegado cada tres o cuatro empleados", dijo, aludiendo a una posible atomización gremial después del fallo de la Corte.

El dictamen, para Cataldi, "es para un caso puntual y no puede ser interpretable para un mayor alcance y tampoco puede ser aplicable sino es para un caso igual".

Preguntado sobre si atacaba el monopolio sindical, el delgado laboral respondió: "preserva el derecho de los trabajadores a estar afiliado. No hablemos de monopolio, entonces".

De todos modos admitió que la ley le otorgaba "exclusividad" a un solo gremio para tener la personería gremial: "exclusividad, sí, pero no monopolio -advirtió-, porque el modelo sindical argentino habla de un modelo fuerte. Si existe otro sindicato más importante va a conseguir el desplazamiento del anterior. Pero a todos no se les da la personería gremial porque el modelo apunta a un solo gremio".

¿No se llama monopolio a eso?

--Bueno, llamémosle monopolio, pero no es un monopolio absoluto, es relativo, porque el día que tenga mayor cantidad de afiliados desplaza al anterior. Puede ir cambiando en la medida.... No es permanente sino en base a la realidad.