miércoles, 23 de enero de 2008

Hacia la restauración del Derecho Laboral protectorio


El propósito de estas breves líneas es comentar los aspectos salientes de dos normas sancio-nadas por el Congreso y de un proyecto que ya cuenta con dictamen favorable, todos de na-turaleza laboral. El proyecto referido apunta a reformar el artículo 245 de la LCT y es autoría del colega Dr. Héctor Pedro Recalde, asesor jefe de la C.G.T. y presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo de la H. C. de Diputados de la Nación.1-La primera norma, ya sancionada, reformó el artículo 66 de la LCT que establece un límite a las modificaciones que los empleadores pueden introducir en las condiciones o modalida-des esenciales del contrato de trabajo, particularmente salario, categoría, jornada y lugar de trabajo, los que en principio resultan inmodificables. Dicho límite se encuentra en el artículo 66 LCT, norma claramente imperativa o de orden público, indisponible e irrenunciable por las partes.En lo que interesa, se mantiene la primera parte de la norma, que sintetiza la prohibición de ejercer en forma irrazonable el ius variandi o facultad de organización y dirección empresa-ria, o causar daño patrimonial o extramatrimonial al trabajador o alterar las señaladas moda-lidades esenciales del contrato de trabajo, que forman parte del Orden Público Laboral.La reforma incorpora una segunda parte a la norma, que dispone una “opción” para el traba-jador cuyas modalidades esenciales contractuales sean alteradas unilateralmente y sin causa por el empleador : conformar despido indirecto o bien reclamar judicialmente, por trámite sumarísimo, el restablecimiento de las condiciones originarias, que integraban un “derecho adquirido” de carácter laboral, integrativo e inseparable del contrato individual de trabajo. En caso de recurrir, el trabajador, a la instancia judicial, el empleador NO PODRÁ INNO-VAR en las condiciones y modalidades de trabajo, salvo que dicha modificación sea general para el establecimiento o sección, hasta tanto recaiga sentencia definitiva.En la redacción originaria de la norma, sólo le cabía al trabajador la posibilidad de darse por despedido en caso de una alteración irrazonable de las modalidades contractuales, de modo que incorporando ahora la posibilidad de reclamar judicialmente su restablecimiento se abre un abanico que permitirá un adecuado resguardo (judicial) de las citadas condiciones.Señalo a Uds. que comparto absolutamente el texto de la norma y también sus fundamentos, que permitirá corregir claros abusos de sectores de empleadores que violentando todo pará-metro legal y constitucional hacían tabla rasa con el salario, la jornada y la categoría, operan-do rebajas salariales y alterando de cualquier manera los módulos contractuales esenciales. Entre los fundamentos que acompañaron al proyecto, de autoría del senador Gerardo Mora-les, se señalaba que las opciones para el trabajador (aceptar el cambio en las condiciones, solicitar judicialmente el restablecimiento de las anteriores al cambio y/o considerarse des-pedido por culpa exclusiva del empleador) “…si bien ya han sido reconocidas por algunos tribu-nales, la misma no es pacífica, e impone la inseguridad y la vulnerabilidad del trabajador que se ve afectado por el ius variandi”.Compartiendo los fundamentos, sostengo que la modificación es realmente sustancial, ya que pone a la norma del artículo 66 en sintonía no sólo con los preceptos del derecho consti-tucional sino con el plexo normativo de la LCT que construyen la “doctrina de la irrenuncia-bilidad de los derechos laborales”, al tiempo que retiene para el trabajador el arbitrio de va-lorar sobre la mejor forma de proteger sus derechos.Un dato complementario y que tal vez genere más de una controversia: en mi opinión, el restablecimiento de las condiciones anteriores que fueran alteradas por el empleador, debe reclamarse por vía una medida cautelar, que es la herramienta apropiada para lograr tal fina-lidad.-2- La segunda norma también sancionada se vincula con la ELIMINACIÓN del denominado FUERO DE ATRACCIÓN para los CRÉDITOS LABORALES en los casos de concurso o quiebra de la empleadora, con lo cual se modificó la Ley de Concursos y Quiebras en su artículo 21. Este tema ya es ley y se originó en un proyecto del Poder Ejecutivo, y apunta a dar prioridad al pago al trabajador en caso de quiebra de una empresa y dispone que los juicios laborales deben resolverse en el ámbito específico (laboral), retomándose el “principio de especialidad”, y no en la justicia civil y comercial como actualmente era.Expreso opinión en el sentido de que se trata, también, de una reforma sustancial, ya que los pleitos laborales retornan al fuero específico del cual nunca debieron salir, al tiempo que se suprime al denominado “pronto pago” que en la práctica nunca funcionó.Más allá de la propaganda alarmista y errónea de cierta prensa interesada en desinformar, entiendo que la normativa sancionada apunta a retornar a niveles de protección del hombre que trabaja, arrasados por la flexibilidad laboral y la mundialización de la economía.3- El proyecto, todavía tal y con dictamen favorable de la Comisión, modifica sustancialmen-te el artículo 245 de la LCT, que establece el módulo a tomar en cuenta para la indemnización por despido (mal llamada indemnización por antigüedad, ya que la antigüedad es precisa-mente uno de los módulos para determinar la base de cálculo).El mismo ha sido presentado por el Dr. Recalde, y apunta a reemplazar el artículo 245 de la LCT, en su actual redacción, por el siguiente : “En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor”.El citado artículo 245 había sido reformado en su texto por la Ley de Ordenamiento Laboral 25.877 sancionada en marzo de 2004, y dicha reforma había mantenido el TOPE consistente en que la base de cálculo NO PODÍA EXCEDER EL EQUIVALENTE DE TRES VECES EL IMPORTE MENSUAL DE LA SUMA QUE RESULTE DEL PROMEDIO DE TODAS LAS REMUNERACIONES PREVISTAS EN EL CCT APLICABLE AL TRABAJADOR, AL MO-MENTO DEL DESPIDO, POR LA JORNADA LEGAL O CONVENCIONAL, EXCLUÍDA LA ANTIGÜEDAD, promedios que debía calcular el Ministerio de Trabajo de la Nación. Idénti-co tope se impone a los trabajadores denominados “fuera de convenio”, con sueldos mucho mayores. Se sostiene en los fundamentos que la aplicación del tope indemnizatorio, en la gran mayoría de los casos, resulta confiscatoria, con violación al artículo 17 de la C.N., esto es, al derecho de propiedad, que – agrego – se vincula a la idea de “derechos adquiridos e incorporados al patrimonio del trabajador”, al tiempo que se muestra contraria a los postulados que emergen del art. 14 bis de la CN, que hace referencia a una adecuada protección contra el despido arbitra-rio”. Así las cosas, la necesidad de eliminar el tope se vincula con volver a niveles de protec-ción perdidos y también con la doctrina que surge del fallo “Vizzoti”, fallado por la CSJN, que fulminó el sistema de tope declarándolo inconstitucional. Ello, sin dejar de recordar el rumbo errático de la Corte en anterior composición, que incluso llegó a convalidar la consti-tucionalidad del sistema, en fallos que – como otros - fueron absolutamente regresivos.La modificación se enmarca en la señalada “protección contra el despido arbitrario”, que podrá ser más o menos agravada según las circunstancias históricas, pero siempre serán dos los factores a tomar para establecer la base de cálculo : la antigüedad y la remuneración, pero una remuneración real, ajustada o proporcional a lo que era realmente el salario del trabaja-dor despedido, y no una remuneración menguada que llevaba, lógicamente, a tarifaciones devaluadas.Finalmente, el mismo proyecto restablece el derecho del trabajador despedido de percibir como indemnización por el despido arbitrario un MONTO MÍNIMO de dos meses de sueldo y no uno como lo establece la ley actualmente. Modificación que también traduce un “refor-zamiento” de la protección contra el despido incausado, amparando en mayor amplitud la estabilidad de los trabajadores en sus puestos de trabajo.Entiendo que se planteará judicialmente la inconstitucionalidad de alguna de esta normativa, particularmente el reforzamiento contra el despido incausado, pero debemos confiar en la seriedad de la norma sancionada, que está en sintonía con el Convenio 158 de la O.I.T., no ratificado aún por la Argentina, que consagra la ILICITUD del despido que carece de causa, ya que según el artículo 10 : “Si los organismos mencionados en el artículo 8 del presente Convenio llegan a la conclusión de que la terminación de la relación de trabajo es injustificada y si en virtud de la legislación y la práctica nacionales no estuvieran facultados o no consideraran posible, dadas las circunstancias, anular la terminación y eventualmente ordenar o proponer la readmisión del trabaja-dor, tendrán la facultad de ordenar el pago de una indemnización adecuada u otra reparación que se considere apropiada”. El capítulo de reflexión, análisis y debate de la legislación que comentamos recién comienza a escribirse, pero no podemos dejar de marcar un auténtico giro copernicano, ya que la nue-va normativa, que seguramente habrá de ser debatida por los actores sociales interesados, apunta a la restauración de un verdadero Derecho Laboral de Protección.-

http://www.elsindical.com/11
Elogios entre el Gobierno y Moyano tras el paso por la Casa Rosada
Fernández destacó el “compromiso” de los gremios; el camionero dijo que la reunión fue “muy positiva” y ratificó su respaldo a Kirchner para que presida el PJ.


No tuvieron que pasar ni 24 horas para que tanto el Gobierno como los gremios ratificaran la buena sintonía que existe entre ambos y que quedó reforzada tras el encuentro que Hugo Moyano y la cúpula de la CGT mantuvieron ayer con la presidenta Cristina Kirchner. La jefa del Estado pidió a los gremialistas que se manejen con "mesura" en la próxima ronda de paritarias, acordó que los aumentos reclamados rondarán el 20 por ciento y que traten de negociar subas salariales a largo plazo. Madurez. Esta mañana, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, ratificó el mensaje presidencial y elogió los términos del encuentro en la Casa Rosada. "El saldo es altamente positivo. El solo hecho de que haya sido sin agenda previa demuestra un poco la madurez y la naturaleza del encuentro", señaló. Por otra parte, negó que la Presidenta haya "puesto límites" a las demandas salariales de los sindicatos. "Todos los que hablaron en el encuentro, empezando por el secretario general de la CGT, expresaron su adhesión a la política del Gobierno y su compromiso de seguir acompañando", señaló el jefe de Gabinete en declaraciones a radio América. También en clave de elogio, afirmó que los gremialistas que estuvieron en Balcarce 50 asumieron la importancia de manejarse con prudencia. "Explicaron que hace falta en esta hora madurez por parte de la dirigencia y que la madurez supone prudencia a la hora de los reclamos", afirmó. En la misma línea, Fernández reconstruyó: "Todos recordaron que muchas veces por el afán de pedir mucho, se ponía en crisis la situación y terminaban perjudicándose aquellos a los que se quería beneficiar". Historia repetida. Por otra parte, el funcionario busco minimizar las especulaciones sobre la tensión que podría surgir cuando empiece la discusión en paritarias. "Los eneros y febreros se especula con que habrá reclamos desmedidos y la verdad es que nunca ocurrieron. En los últimos cuatro años hubo de parte de la dirigencia sindical una acción de absoluta prudencia. Siempre fueron acompañando con mucha prudencia el crecimiento", añadió. Moyano, por su parte, destacó "los avances" logrados en materia de crecimiento económico y de mejoras para los asalariados. Dijo que la reunión fue "muy importante y positiva" y defendió la manera de manejarse de los gremios en los últimos años. Responsabilidad. "Nosotros le dijimos [a la Presidenta] que en los últimos tres años que venimos discutiendo salarios hemos tenido responsabilidad, más allá de algún conflicto que se ha dado", señaló en declaraciones a radio 10. Por otra parte, reforzó su apoyo a Néstor Kirchner en su proyecto de convertirse en el próximo presidente del PJ. "Yo, personalmente, sí lo voy a hacer", señaló Moyano respecto de su respaldo al ex mandatario. "Kirchner es el hombre que puede aglutinar a la inmensa mayoría del peronismo y que puede darle un protagonismo en serio, no como está todo anarquizado en este momento, que no tiene conducción", insistió. Por el Indec. También el secretario adjunto de la CGT, José Luis Lingeri, otro de los presentes en la audiencia de ayer, elogió la reunión. Ratificó el pedido de "prudencia" y aseguró que la jefa del Estado se comprometió a avanzar en la depuración del Indec. "Se comprometió a trabajar para que el Indec tenga la confiabilidad necesaria para medir la inflación", contó Lingieri tras ratificar que los gremios pedirán aumentos en función de la "inflación de los supermercados" y no del índice que mide el organismo estatal. El titular del sindicato de Obras Sanitarias señaló además que "en las paritarias vamos a trabajar con cifras que marquen una razonabilidad y que esto no signifique un desboque de una carrera inflacionaria en función de precios y salarios". De todas maneras, aprovechó para mandar un mensaje a los empresarios. "Tiene que primar también de las partes, tanto empresariales como sindicales, una cuota de razonabilidad y cordura", agregó.

martes, 22 de enero de 2008



El acuerdo vence en agosto de 2008, pero sostienen que esta desactualizado
MERCANTILES RECLAMAN REAPERTURA DE PARITARIAS
Como si se hubiesen puesto de acuerdo, a las declaraciones del titular de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Carlos De la Vega (ver nota aparte), se contrapusieron las expresiones del secretario general de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), Armando Cavalieri, quien solicitó al ministro de Trabajo, Carlos Tomada, la reapertura de las paritarias en el marco de la negociación convencional.
"El gremio solicitó a Tomada que se formalice la reapertura de las paritarias”, expresó la organización gremial el mismo día en que De la Vega sostuvo que “el acuerdo salarial sellado en paritarias vence en agosto de 2008”, por lo que no tienen que "negociar antes" con los trabajadores. Recordó que las empresas del sector suscribieron en junio último "un acuerdo por 15 meses, de 23 por ciento de aumento en dos o tres cuotas, y en el convenio previsto había un pequeño plus para diciembre" y añadió que “ese acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de agosto de 2008. No tenemos que negociar antes".
En tanto, Cavallieri sostuvo que "el acuerdo vigente ha sido superado en términos negativos para los trabajadores mercantiles y positivos para los empresarios" y añadió que “un ritmo de incrementos de precios muy superior al proyectado al momento de firmarse el actual acuerdo, más notable en el rubro alimentos, generó que el poder adquisitivo de los trabajadores mercantiles quedara gravemente cercenado".
Por último, Cavalieri sostuvo que el alza del costo de vida motivó que el gremio requiriera formalmente a Trabajo "la inmediata reapertura de las negociaciones paritarias para adecuar los salarios del personal a la actual realidad".
Subió 6,7% el salario respecto del valor de la vivienda


Por cuarto mes consecutivo, la remuneración promedio de los trabajadores registrados en octubre aumentó más que el metro cuadrado de los departamentos y casas. Respecto de septiembre bajó



Vale notar que durante 2006 los valores inmobiliarios habían crecido de manera significativa, con la consecuente merma en la base de la presente comparación, lo cual torna más meritoria la recuperación del poder de compra de los salarios, destaca un estudio del Instituto de Economía de la UADE. "El referido porcentaje, el cuarto con signo positivo para el 2007, surge de un incremento de 23,3% de los salarios nominales (medidos en dólares) superior al 15,5% verificado en los precios de los departamentos nuevos de zona norte de la Ciudad de Buenos Aires", explica el trabajo.En particular, en la zona norte de la Ciudad de Buenos Aires -la de mayor valoración inmobiliaria relativa-, el salario promedio durante octubre medido en dólares, alcanzó para adquirir 44% del valor del m² de una vivienda nueva. En otros barrios representativos, tales como Barracas y Balvanera, dicho porcentaje ascendió a un 51% promedio, mientras que en Villa Devoto o Villa Urquiza, lo hizo a un 59 por ciento.


Cristina recibirá a Hugo Moyano otra vez
El encuentro lo habrían acordado el fin de semana último en la residencia presidencial de Olivos. Se estima que se realizaría el próximo martes. Al titular de la CGT lo acompañarían otros sindicalistas de peso.




La presidenta Cristina Kirchner recibirá la semana próxima en Casa de Gobierno a la dirigencia de la CGT, con su líder Hugo Moyano a la cabeza, para continuar con las conversaciones acerca del pacto social que la mandataria se propone implementar durante su gestión. Así lo confirmaron fuentes gremiales a la agencia Noticias Argentinas, quienes además sostuvieron que la reunión entre la mandataria y los representantes gremiales será "a agenda abierta", aunque se descuenta que las conversaciones girarán entorno a los dos temas más sensibles que encierra el acuerdo social: aumentos salariales e inflación. Si bien aún no se determinó el día exacto del encuentro, se supo que la delegación de la CGT que desembarcará en la Casa Rosada estará integrada por el propio Moyano y los líderes sindicales más afines al camionero, entre ellos Omar Viviani (taxistas), Abel Frutos (panaderos), Juan Schmid (marítimos), Jorge Lobais (textiles) y Gerónimo Venegas (rurales). La fecha tentativa sería la del martes próximo. La entrevista había sido pedida formalmente días atrás por la cúpula de la central obrera, tras una serie de encuentros que mantuvieron en secreto Cristina Kirchner y Moyano, incluso luego de que la ex senadora asumiera la Presidencia. De cara a la apertura de las reuniones paritarias para los trabajadores de los diversos sectores -prevista para los próximos meses- se espera que la CGT exija aumentos salariales superioresal 8,5 por ciento de inflación que midió el Indec. Además, la central sindical tendría previsto pedirle al Gobierno que ponga especial atención en controlar las subas de los precios que castigan al bolsillo de los trabajadores. A su vez, durante la entrevista, el moyanismo buscará un nuevo respaldo del oficialismo en medio de la dura interna que vive la entidad de la calle Azopardo, donde el sector que lidera Luis Barrionuevo y el de los denominados "Gordos" (grandes gremios) buscan impedir la reelección de Moyano y desplazarlo del máximo sillón de la CGT. Hasta aquí la relación entre Moyano y el kirchnerismo mantuvo sus altos y bajos, con un pico de tensión cuando dos días después de la asunción de Cristina el jefe de la CGT salió a decir que si el flamante Gobierno no atendía sus reclamos se iba a ubicar "en la vereda de enfrente". De todas formas, la situación se recompuso cuando el ex presidente Néstor Kirchner brindó con el camionero en la cena de fin de año de la central sindical.

sábado, 19 de enero de 2008


Texto de la Ley de ticket

Ley Nº 26341
12 de Diciembre de 2007-Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN-Fecha de Promulgación: 21 de Diciembre de 2007
Boletín Oficial: 24 de Diciembre de 2007
ASUNTO: REGIMEN DEL CONTRATO DE TRABAJO - Ley 26.341 - Modificación de las Leyes Nros. 20.744 y 24.700.
GENERALIDADES
Cantidad de Artículos: 8
TEMA: REMUNERACION-VALES DE COMIDA-CARACTER REMUNERATORIO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Deróganse los incisos b) y c) del artículo 103 bis de la Ley 20.744 y el artículo 4º de la Ley 24.700. Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Los empleadores que vinieran otorgando las prestaciones comprendidas en los incisos derogados del artículo 103 bis de la Ley 20.744, deberán mantenerlas en los términos que esta ley establece, sea que su otorgamiento proviniera de disposiciones convencionales, contractuales o de la voluntad unilateral del empleador.
Artículo 3:
ARTICULO 3º - Las prestaciones comprendidas en los incisos derogados del artículo 103 bis de la Ley 20.744 que los empleadores vinieran otorgando, adquirirán carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva, a todos los efectos legales y convencionales, a razón de un diez por ciento (10%) de su valor pecuniario por cada bimestre calendario a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
El porcentaje remanente deberá continuar abonándose, pudiendo conservar transitoriamente su carácter no remunerativo hasta su incorporación a la remuneración conforme con lo dispuesto en el párrafo precedente.
Artículo 4:
ARTICULO 4º - Las sumas incorporadas a la remuneración del trabajador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de esta ley, serán incrementadas en un monto equivalente al que corresponda en concepto de aportes a cargo del trabajador previstos por la legislación nacional con destino al Sistema de Seguridad Social, al Sistema Nacional de Obras Sociales y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
Artículo 5:
ARTICULO 5º - La aplicación de lo dispuesto en los artículos 3º y 4º de esta ley, no podrá implicar para el trabajador reducción del valor percibido en tales prestaciones hasta antes de la entrada en vigencia de la presente ley.
Artículo 6:
ARTICULO 6º - Las partes signatarias de convenciones colectivas de trabajo o acuerdos colectivos que dispusieran la entrega de prestaciones en los términos de las normas derogadas por el artículo 1º, podrán acordar la incorporación escalonada y progresiva a la remuneración en un período inferior al dispuesto en el artículo 3º de esta ley.
Artículo 7:
ARTICULO 7º - Excepcionalmente, durante el término de un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las partes signatarias de convenciones colectivas de trabajo podrán disponer incrementos no remuneratorios en los vales de almuerzo, tarjetas de transporte, vales alimentarios y canastas de alimentos por un lapso no superior a seis meses, vencido el cual adquirirán carácter remuneratorio en los términos dispuestos en los artículos 4º y 5º de la presente ley.
Artículo 8:
ARTICULO 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-REGISTRADA BAJO EL Nº 26.341
Decreto 138/2007-Bs. As., 21/12/2007
POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 26.341 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Carlos A. Tomada.
FIRMANTES: EDUARDO A. FELLNER. - JULIO CESAR C. COBOS. - Enrique Hidalgo. - Juan H. Estrada.
http://www.delegadoswal-mart.blogspot.com/ Contáctenos en: cuerpodelegados@yahoo.com.ar

domingo, 6 de enero de 2008



Contra Moyano
Barrionuevo reunió a los Gordos para unificar la estrategia
Barrionuevo y sus aliados en la CGT se reunieron con referentes del grupo de "los gordos" para unificar una estrategia destinada a destronar a Moyano de la conducción de la central.


En medio de la interna que atraviesa el sindicalismo, los dirigentes los dos sectores de la CGT que se oponen a Moyano intensificaron las gestiones y hablar del nombre que propondrían para reemplazar a Moyano en el congreso normalizador de julio próximo.La reunión convocada por Barrionuevo tuvo lugar en la sede de la Uocra y hasta allí concurrieron "los gordos" Armando Cavalieri (Comercio), Carlos West Ocampo (Sanidad) y Oscar Lescano (Luz y Fuerza), entre otros. Del encuentro participaron también los tres dirigentes que no permanecen alineados a ninguno de los grupos enfrentados en el seno de la entidad de la calle Azopardo, los denominados "independientes" Gerardo Martínez (Uocra), Andrés Rodríguez (UPCN) y José Luis Lingeri (Obras Sanitarias). Durante el almuerzo que mantuvieron en la sede de la Uocra , los gremialistas centraron la charla en debatir el perfil que deberá tener el conductor de la central sindical que promoverán para suceder a Moyano. En ese sentido coincidieron en que ese dirigente deberá sintetizar el pensamiento de todos los sectores del movimiento obrero y dejar atrás los métodos "personalistas" de conducción que le atribuyen al actual jefe de la CGT. A su vez, los dirigentes reunidos se mostraron confiados en que el cambio de conducción "ya es un hecho", y hubo posiciones más duras como las de Lescano y Vicente Mastrocola (plásticos) que pretendían un cambio anticipado, señalaron fuentes sindicales. Según esos voceros, a esa posición les salieron al cruce Martínez, Cavalieri y Barrionuevo, al afirmar que "bajo ningún punto de vista hay que tomar una determinación apresurada". Por último los opositores a Moyano acordaron volver a reunirse a fines de enero en la casa que Barrionuevo posee en Mar del Plata, donde habitualmente en cada verano se juntan los líderes sindicales del sector. En el marco de la ofensiva que ambos sectores iniciaron contra Moyano, días atrás los referentes de las dos corrientes lanzaron la Mesa Sindical Peronista, con la que pretenden reemplazar a las 62 organizaciones Peronistas, brazo político de la CGT , que -según indicaron- permanece "inmóvil".
COMUNICADO DE ADHESION:

EL CUERPO DE DELEGADOS DE WAL-MART AVELLANEDA ADHIERE AL PLIEGO UNICO DE RECLAMOS APROBADO EN EL PLENARIO PASADO A SU VEZ QUE NOS SOLIDARIZAMOS CON LOS TRABAJADORES DEL CASINO, COMO EMPLEADOS DE UNA EMPRESA MULTINACIONAL COMO WAL-MART QUE PUERTAS ADENTROS DEROGA NUESTRA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LA REEMPLAZA POR UNA POLÍTICA CORPORATIVA QUE NO RESPETA LOS DERECHOS LABORALES NI SINDICALES CON LA CONSECUENTE COMPLICIDAD DE DIRIGENTES Y SINDICATOS EN “ESTADO VEGETATIVO” Y DE UN CGT QUE SOLO PIENSA EN “CUATRO RUEDAS”.

POR ESO ADHERIMOS Y REPUDIAMOS LAS PATOTAS SINDICALES Y LA REPRESIÓN.

POR LIBERTAD SINDICAL EN EL TRABAJO
Y DEMOCRACIA EN EL SINDICATO



POR EL TRIUNFO
DE TODAS LAS LUCHAS

CUERPO DE DELEGADOS DE WAL-MART AVELLANEDA