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Esta Comisión es un espacio de interacción entre representantes gubernamentales, sindicales y empresariales para fortalecer la concertación y el diálogo social sobre la igualdad de género en el mundo laboral.La CTIO fue creada mediante el Acta Acuerdo Nº 57 en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el 28 de octubre de 1998 por iniciativa de la OIT, que mantiene permanente presencia. Su composición se amplió mediante una Nueva Acta Integración que, junto al Plan de Acción 2005, puso en marcha una nueva etapa en la CTIO, tomando como punto de reflexión y de partida los sucesos de diciembre de 2001.La existencia de la Comisión constituye un ámbito para la evaluación de políticas a favor de la equidad de género, así como para promover el diálogo social y fortalecer las prácticas democráticas de los actores e instituciones vinculados a un emergente "nuevo" mundo laboral.
Ver antecedentes
Se destacan como antecedentes de la creación de la CTIO
· La Cumbre de las Américas de Santiago de Chile, en abril de 1998, donde los jefes de Estado ratificaron los compromisos asumidos en la Cumbre de las Américas celebrada en Miami en 1994, y en la Cuarta Cumbre de las Naciones Unidas sobre la Mujer, que tuvo lugar en Beijing en 1995, enlas que se acordó, entre otros temas, fortalecer mecanismos nacionales, así como las redes regionales y subregionales encargadas de promover la igualdad jurídica y de oportunidades entre hombres y mujeres. · La jerarquía constitucional que el inciso 22 del artículo 75 de la Constitución Nacional ha otorgado a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El artículo 11 de dicha Convención, reconoce la necesidad de que el Estado implemente medidas para la eliminación de la discriminación de las mujeres en la esfera del empleo, incluyendo el acceso igualitario a la formación profesional. · La Ley Nº 24.576, que garantiza como derecho fundamental de todos los trabajadores y trabajadoras la promoción profesional y la formación en el trabajo en condiciones igualitarias de acceso y trato. Los compromisos asumidos por el Estado argentino en la Declaración y en la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, que requieren el desarrollo de medidas tendientes a facilitar el acceso de las mujeres en condiciones de igualdad a la capacitación y el empleo. El Decreto Nº 254/98, que promueve el Plan para la igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral, el cual en su artículo tercero determina que los organismos de la Administración Pública nacional deberán, adoptar en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las medidas que fueren menester a fin de dar cumplimiento a los objetivos del plan mencionado.· El Pacto Federal del Trabajo, suscrito el 29 de julio de 1998 entre el presidente de la Nación, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, y los representantes de las provincias y del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - en cuyo Anexo V se establece que la Nación, las provincias y las Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometen a impulsar, en el marco de sus respectivas competencias el Plan para la igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral. · La Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Nº 463, de fecha 23 de julio de 1998, que destaca la necesidad de atender en forma especifica los aspectos referidos a la no discriminación en materia de empleo y ocupación, con el fin de garantizar la efectiva igualdad de oportunidades y trato de trabajadores y trabajadoras.